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ESTATUTOS DE ULJS

 

 

NOMBRE:

 

1-El nombre de la Asociación es: "Urugvajaus Lietuviu Jaunimo Sajunga"

(abreviado ULJS) / Asociación de Jóvenes Lituanos del Uruguay.

 

 

COMPETENCIA, METAS Y OBLIGACIONES:

 

2-Es la Asociación que representa y une a los jóvenes Lituanos en el Uruguay y a las organizaciones juveniles lituanas.

3-Forma parte de Pasaulio Lietuviu Jaunimo Sajunga (PLJS) / Asociación de jóvenes Lituanos del mundo.

4-Forma parte de Urugvajaus Lietuviu Kulturos Draugija (ULKD) / Asociación Cultural Uruguay Lituania, la que ampara y respeta sus estatutos.

5-Mantiene viva la Lituandad entre los jóvenes en el Uruguay.

6-Apoya toda actividad que se considere beneficiosa para los jóvenes.

7-Es el medio de comunicación entre los jóvenes en forma nacional e internacional.

8-No persigue fines de lucro, su riqueza se genera por donaciones, ganancias propias y varios.

 

 

REQUISITOS PARA PERTENECER A ULJS:

 

9-Podrán ser los Lituanos, descendientes o aquellos que se identifiquen con la Lituandad, jóvenes entre 16 y 35 años que vivan dentro del territorio Uruguayo.

10-Puede ser un individuo, organización o parte de ella.

11-Deberá registrarse en las organizaciones que la integran o ante la comisión que la representa anualmente (caducara su registración en caso de no hacerlo).

12-Se recomienda ser socio de U.L.K.D.

13-Derechos de los integrantes:

     a) voz y voto solo en las organizaciones en las que estén registrados.

     b) voz y voto en la asamblea General de jóvenes.

     c) ser elegido como miembro de la comisión de ULJS.

 

 

ASAMBLEA:

 

14-Se planifican y determinan actividades.

15-Es el máximo órgano resolutivo de ULJS.

16-Se realizará mínimo una Asamblea anual.

17-Las propuestas serán resueltas por mayoría simple a excepción de estatutos y reglas, las cuales deberán ser resueltas según algún acuerdo unánime.

18-Se requiere un total de dos tercios de ella para una desaprobación o cambio de la comisión o algún miembro de la misma.

19-La Asamblea será valida con la cantidad de personas habilitadas que participen de la misma a partir del segundo llamado, habiendo previamente citado a todos sus miembros.

 

 

COMISIÓN:

 

20-Es el mayor órgano ejecutivo y representativo de ULJS, con derecho a instrumentar.

21-Será elegida anualmente por ULJS mediante voto secreto. Deberá estar compuesta por:

     a) Presidente: Debe ser mayor de dieciocho años y preferentemente que hable Lituano.

     b) Vicepresidente: Debe ser mayor de dieciocho años.

     c) Secretario: Debe ser mayor de dieciocho años.

     d) Tesorero: Debe ser mayor de dieciocho años.

     e) Corresponsal: Hablar Lituano.

     f) Vocales: Máximo de tres.

     g) Suplentes: No tienen voto hasta que reemplazan oficialmente a una vacante de la                   comisión.

22-Para la adhesión de más integrantes se deberá contar con la aprobación de la Asamblea.

23-Deberá convocar mínimo una Asamblea anual notificando personalmente a los socios.

24-Trabaja en conjunto con ULKD y sus instituciones teniendo una fluida comunicación, las que mantendría informadas de sus actividades.

25-Se vincula con las Asociaciones Lituanas de todo el mundo.

26-Administra la riqueza y patrimonio de ULJS.

27-Responderá ante la Asamblea sobre sus actividades.

28-En caso de desacuerdo en alguna resolución se aconseja consultar a ULKD y/o PLJS.

29-Deberá reunirse mínimo una vez al mes y trimestralmente informar a los jóvenes de sus actividades.

30-Las reuniones serán validas contando con cuorum (mayoría simple) y acta correspondiente.

31-Para las resoluciones es necesario una mayoría simple (sin el voto del presidente) y en caso de empate el presidente define las votaciones, en caso de no estar el presidente el vicepresidente adquiere los derechos del presidente y en caso de no estar ambos la comisión no puede resolver.

32-Cualquier integrante de la comisión que sea elegido por la misma, indiferentemente del cargo que ocupe tendrá el derecho de representar a ULJS ante cualquier evento, siendo una prioridad un idioma adecuado a la situación.

 

 

ORGANIZACIONES DE ULJS:

33-Se crearan según surjan las necesidades.

34-Serán autorizadas y supervisadas por la comisión de ULJS.

35-Cada organización es ejecutiva de sus proyectos.

36-En caso de disolución, la comisión de ULJS adquiere todos los bienes y dispone de las actividades.

 

 

DISOLUCIÓN:

37-Pasado el termino de veinticuatro meses si no se realiza una Asamblea correspondiente, ULKD dispondrá del futuro de ULJS en todos los aspectos.

38-El hecho que ULJS no exista no significa que sus organizaciones no continúen vigentes.

39-Disuelta ULJS, ULKD tomará posición de todos sus bienes y actividades.

40-Estos estatutos dejan sin vigencia cualquier anterior a la fecha.

41-Revisado es aceptado el día 1° de abril del 2001 y funciona desde ese momento.

 

 

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